• La medida tiene una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020
• Las compañías que se acojan a este beneficio deben demostrar que tienen inscripción activa y vigente en el sector turístico
• El trámite se realiza en la página web de EPM: www.epm.com.co
EPM sigue con la implementación de medidas que ayuden a mitigar los impactos ocasionados por la pandemia del coronavirus (COVID-19). En esta ocasión y en concordancia con el Decreto 799 del 4 de junio de 2020, expedido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, se otorga un alivio dirigido a las empresas del sector turístico, parques y alojamiento en el territorio nacional, que se han visto afectadas en su operación como consecuencia del aislamiento preventivo obligatorio.
Con esta determinación se suspende de manera temporal y hasta el 31 de diciembre de 2020 el cobro de la sobretasa o contribución especial en el sector eléctrico, correspondiente al 20% del valor total del servicio facturado, para todos los clientes empresariales que son prestadores de servicios turísticos activos y vigentes en el Registro Nacional de Turismo (RNT) y que desarrollen las siguientes actividades como labor principal señalada en el RUT, en el establecimiento de comercio abierto al público:
5511 – Alojamiento en hoteles.
5512 – Alojamiento en apartahoteles.
5513 – Alojamiento en centros vacacionales.
5514 – Alojamiento rural.
5519 – Otros tipos de alojamientos para visitantes.
9321 – Actividades de parques de atracciones y parques temáticos.
9329 – Otras actividades recreativas y de esparcimiento n.c.p.
Para que los clientes empresariales anteriormente mencionados puedan acogerse al beneficio deben ingresar a la página www.epm.com.co y dar clic en el banner principal en Medidas de alivio para clientes. En esta sección encontrarán la pestaña “Clientes no residenciales”, donde está toda la información y enlaces para la solicitud.
La dirección de acceso es:
https://www.epm.com.co/site/home/medidas-implementadas-por-epm-frenteal-covid-19
EPM dispone de diversos canales para atender las inquietudes, peticiones, quejas y reclamaciones de los clientes y usuarios:
✓ Líneas de Atención al Cliente 44 44 115 o 01 8000 415 115.
✓ Para peticiones, quejas y reclamos (PQR) y transacciones: en la página www.epm.com.co.
✓ Resolver inquietudes con la asesora virtual Ema.
✓ Se puede chatear con un asesor en línea, de lunes a viernes en el horario de 8:00 a.m. a 8:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 2:00 p.m.
EPM evalúa permanentemente alternativas que mitiguen los impactos en la economía familiar y empresarial, frente al pago de los servicios públicos.
Las medidas implementadas son revisadas de manera articulada con el Gobierno Nacional, los gremios y las comisiones regulatorias.
Información para periodistas
Gerencia de Comunicación Corporativa Grupo EPM
Vicepresidencia de Comunicación y Relaciones Corporativas
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